Prácticas Empresariales

Quiénes Somos

“Actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores y educación superior de pregrado, durante un tiempo determinado, en un ambiente laboral real, con supervisión y sobre asuntos relacionados con su área de estudio o desempeño y su tipo de formación; para el cumplimiento de un requisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditará para el desempeño laboral.”

Resolución 3546 de 2018
 
  • CARÁCTER FORMATIVO: La práctica laboral es una actividad pedagógica adelantada por un estudiante, para desarrollar competencias básicas, transversales y laborales específicas en escenarios de trabajo real, que lo preparan para su desempeño autónomo en el mercado laboral. Por lo tanto, no constituye relación de trabajo y las actividades que este desarrolla, deben versar sobre sobre los asuntos establecidos por el programa académico respectivo.
  • CON AUXILIO O GRATUITAS: Los estudiantes en prácticas laborales, en caso de así pactarlo con su escenario de práctica, podrán recibir un auxilio de práctica que corresponda al menos con el cien por ciento (100%) de la cifra del salario mínimo mensual legal vigente. El auxilio se destina a apoyar al practicante en el desarrollo de su actividad formativa, el cual en ningún caso constituye salario.
  • VIGENCIA LIMITADA: Las prácticas laborales no pueden superar el tiempo dispuesto para ello en los reglamentos y normatividad de la Institución Educativa. En todo caso, esta vigencia debe estar acorde con lo dispuesto en la autorización previa que el Inspector del Trabajo y Seguridad Social expida para el caso de los adolescentes entre los quince (15) y diecisiete (17) años de edad, de conformidad con el artículo 5 de la presente resolución.
  • SUPERVISIÓN: Tanto la Institución Educativa, como el escenario de práctica, deberán realizar acompañamiento y seguimiento al desarrollo de la práctica laboral.
  • RELACIÓN TRIPARTITA: En las prácticas laborales participan el estudiante, el escenario de práctica y la Institución de Educación.
 
En la FESC queremos que seas un profesional exitoso, por eso -además de educación superior de calidad- te ofrecemos acompañamiento en la primera aplicación de tus conocimientos profesionales.
 
 
  • Plan de Mejora = Vinculación laboral vigente con una empresa (salario u honorarios y seguridad social) + Posibilidad de ejercer los conocimientos del Programa de formación en esa empresa + Autorización de la empresa para realizar las prácticas
  • Por Convenio = Una empresa acepta dar la oportunidad al estudiante de realizar sus prácticas + Vigencia Limitada + Con auxilio o gratuitas + Participación de la Universidad (Suscripción de convenio, trámite de ARL, Carta de Presentación)
  • Por Contrato de Aprendizaje = Una empresa solicita a la universidad practicantes para cumplir con el requerimiento legal de aprendices + La empresa se hace cargo de Seguridad Social (Salud y ARL) + Se suscribe Contrato de Aprendizaje (requiere registro en plataforma de aprendices) + Es remunerado (mínimo el 75% del SMMLV) + Vigente por 6 meses (para aprendices/practicantes FESC)
 
 
  • Apoyo a Docente Investigador = En modalidad de apoyo a investigación el estudiante podrá apoyar a un docente en una investigación que esté desarrollando, se deberá estructurar un plan de trabajo por parte del docente investigador y sobre este esquema se realizará su respectivo seguimiento y control de resultados. La intensidad horaria dependerá del nivel de formación en el que se encuentre el estudiante.
 
Postulación de estudiante (Diligenciar Formulario) + Resolución de asignación de Estudiante a Docente Investigador emitida por el Área de Investigación de la FESC
 
  • Apoyo Administrativo FESC = Postulación de estudiante (Formato de HV FESC + Formulario) + Plazas de Práctica ofrecidas por la FESC + Trámite ARL (FESC)
 
 
  • Plan de Negocio : Tiene como objetivo fortalecer la cultura de la investigación al interior de la Universidad. El estudiante que proyecta realizar la práctica empresarial, desarrollando un proyecto productivo o social, debe presentar previamente una propuesta para su aprobación que será desarrollada durante el proceso de la práctica según cronograma con la asesoría de un docente que le asignará la universidad.
 
Postular Perfil de Proyecto Productivo o idea de negocio para aprobación por parte de Coordinación de Prácticas y Dirección de Programa. Descargar Formato
 
  • Empredimiento/Empresa Propia: Postular emprendimiento o empresa propia como escenario de prácticas. (LINK) Adjuntar documentación (Cámara de C/cio, RUT, CC Rep Legal)
 
 
 
La Fundación de Estudios Superiores COMFANORTE - FESC cuenta con la oferta académica para satisfacer las necesidades de conocimiento y formación de las empresas competitivas, a través de sus programas de formación.
 
Para las empresas la vinculación de practicantes FESC es la mejor forma de fortalecer el vínculo con la academia y contar con nuevos conocimientos, convirtiendo al estudiante en potencial talento humano para el crecimiento de la organización.
 
  • CONVENIO: La suscripción de un convenio de prácticas es el mecanismo para habilitar la solicitud de practicantes FESC
 
 
 
 

Algunos de nuestros aliados

 
 
Contrato especial que permite a empresas y empleadores vincular estudiantes para realizar sus prácticas de formación.
 
Es una forma especial dentro del Derecho Laboral, mediante la cual una persona natural desarrolla formación teórica práctica en una entidad autorizada, a cambio de que una empresa patrocinadora proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación. No es un contrato laboral, es una figura con una regulación especial, por ende, al aprendiz no les asisten los derechos y deberes comunes a los trabajadores, por cuanto no hay vínculo o relación 
 
  • Facilitar la formación de los estudiantes en la fase práctica como lectiva de sus conocimientos técnicos, tecnológicos o científicos. 
  • Si bien existe subordinación, ésta está referida exclusivamente a las actividades propias del aprendizaje. 
  • La formación se recibe a título estrictamente personal. 
  • El apoyo del sostenimiento mensual tiene como fin garantizar el proceso de aprendizaje, nunca constituye salario.
 
Se puede usar en las prácticas con estudiantes universitarios, técnicos o tecnólogos que las empresas establezcan directamente o con instituciones de educación aprobadas por el Estado de acuerdo con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 que establezcan dentro de su programa curricular éste tipo de prácticas para afianzar los conocimientos teóricos sin que, en estos casos, haya lugar a formación académica, circunscribiéndose la relación al otorgamiento de experiencia y formación práctica empresarial, siempre que se trate de personas adicionales respecto del número de trabajadores registrados en el último mes del año anterior en las Cajas de Compensación Familiar.
 
  • Reglamento de Prácticas
  • Resolución 3546 de 2018 del Ministerio del Trabajo
  • Solicitar Formato de Hoja de Vida FESC
  • Solicitar Formato Perfil de Proyecto Productivo
  • Suscribir Convenio