Seguridad y Salud en el Trabajo

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo procura brindar a los trabajadores de la Institución las condiciones adecuadas para el desarrollo de sus actividades, de manera que se logra la prevención de accidentes y de enfermedades laborales que pueden afectar la calidad de vida de los trabajadores.
 

Atención de Emergencias

La brigada de emergencia es el grupo de trabajadores, debidamente capacitados, que tienen la habilidad para identificar condiciones de riesgo y para actuar oportunamente cuando se presente una emergencia, los brigadistas son los encargados de generar una respuesta de control inicial, mientras llegan los organismos de socorro o apoyo externo en caso de ser necesario.
 
La FESC, garantiza personal de la brigada de emergencias en todas áreas y dependencias, cuyo proceso de selección y capacitación está bajo la responsabilidad del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 
Mediante inscripción voluntaria, el personal que desee pertenecer a las brigadas de emergencia diligencia datos personales básicos: edad, ubicación, autoreporte de condiciones psicofísicas y estado actual de salud y mediante valoración de aptitud, se selecciona al grupo de brigadistas apto, teniendo en cuenta la distribución por unidades y centros así como el número de personal a cargo.
 
Que acciones puede desarrollar un miembro de la Brigada de Emergencias FESC; 
 
  • Procurar sin que esto implique peligro para su integridad personal, condiciones de evacuación apropiadas para que las personas puedan evacuar.
  • Ejecutar labores mínimas de Rescate básico, como localizar y retirar utilizando métodos de cargue o arrastre una persona en ambientes no Calientes, Tóxicos, deficientes de oxigeno u otros peligros que pongan en riesgo su integridad física.
  • Administrar primeros auxilios básicos, al nivel de una primera respuesta, el Soporte básico de vida, necesario para estabilizar una víctima de Accidente o enfermedad súbita, que ocurra dentro de las instalaciones.
  • Controlar emergencias en su fase incipiente, es decir donde su integridad física no se ponga en peligro. 
  • Verificar que los riesgos se eliminen o solucionen adecuadamente.
  • Verificar la existencia de elementos de primeros auxilios. 
 

¿Como Funciona el Sitema de Alarmas?

El Plan de Emergencias de la FESC contempla un sistema de alarma que tiene como propósito garantizar una adecuada respuesta ante una posible emergencia, es importante identificar el sistema de alarmas y sus respectivas codificaciones para facilitar la comprensión por parte de la comunidad académica, lo que permite la rápida evacuación y atención de las situaciones que ameritan la activación del sistema de alarmas. Es importante tener en cuenta lo siguiente:
 

Tiempo

Codificación

Mensaje

Acción Realizar

30 segundos Alerta
Sonido intermitente
(3 sonidos)
Posición de resguardo en caso de sismo. Los brigadistas se desplazan al puesto de comando con el líder de comando con el fin de desarrollar el proceso de verificación y control del incidente identificado
1 minuto Alarma Sonido continuo Evacuación. Las brigadas se desplaza a sus pisos y unidades para coordinar la evacuación del personal y mitigan el incidente según sus responsabilidades
Terminada la emergencia Orden del comandante del incidente Voz Regreso a las áreas de trabajo o salida del lugar
 

COPASST

El Comité paritario en seguridad y salud en el trabajo (COPASST), antiguamente llamado Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo (COPASO), al cual le fue modificado su nombre mediante el decreto 1443 de 2014 por medio del cual se dictaron las disposiciones para la implantación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
 
Este comité nació con el propósito de promocionar la seguridad y salud en el trabajo en todos los niveles de la empresa, promulgar y sustentar prácticas saludables, motivar a los trabajadores en adquisición de hábitos seguros y trabajar mancomunadamente con las directivas y el responsable de seguridad y salud en el trabajo para lograr los objetivos y metas propuestas.
 

Reuniones del Comité Paritario

Estas se efectuarán una vez al mes o cuando se presenten accidentes, o en situaciones de emergencia y cuando el cronograma del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo así lo indique. De acuerdo a las modificaciones legales establecidas por el Decreto 1295 de 1994, el empleador proporcionará cuando menos 4 horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de cada uno de sus miembros, para el funcionamiento y capacitación del Comité. 
 
Es deber de cada miembro:Asistir puntualmente, participar en las deliberaciones, hacer las recomendaciones necesarias, aprobar o improbar las actas del comité, informar al Comité de las inquietudes de los trabajadores y a estos de las actividades del Comité e intervenir en las investigaciones e inspecciones en que se requiera la presencia del Comité. Los miembros deben ser citados por escrito y la reunión deberá tener una agenda y orden del día, en los cuales se definirán puntos como: Informe de accidentes, inspecciones, grado de cumplimiento de lo acordado previamente y obligaciones para el próximo período.
 

Funciones del COPASST

  • Elegir al Secretario del Comité
  • Solicitar periódicamente a la Empresa informes sobre:
  • Accidentalidad.
  • Enfermedad Profesional.
  • Mantener el Archivo de las Actas del Comité.
  • Visitar periódicamente los ambientes laborales.
  • Estudiar y considerar las sugerencias de los Trabajadores.
  • Informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo.
  • Sugerir medidas correctivas.
  • Proponer a la Administración la adopción de medidas y desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud de los trabajadores.
  • Participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo para los trabajadores.
  • Observar, promover, divulgar, vigilar y evaluar el desarrollo en actividades de seguridad y salud en el trabajo.
  • Colaborar en el análisis de causas de Accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades laborales.
 

Comité de Convivencia Laboral

Estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Los integrantes del Comité preferiblemente contarán con competencias actitudinales y comportamentales como: respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
 

Funciones del Comite de Convivencia Laboral

  • Recibir y dar trámite a las quejas.
  • Examinar de manera confidencial los casos en que se formule una queja de acoso laboral.
  • Escuchar a las partes involucradas sobre los motivos que dieron origen a la queja. 
  • Adelantar reuniones entre las partes involucradas promoviendo compromisos de solución.
  • Formular un plan de mejora concertado para construir, renovar y promover la convivencia laboral. 
  • Seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes.
 
 
--- En construccion ---
 
  • Policía Nacional 123
  • Bomberos Cúcuta 119
  • Orientación a mujeres 155
  • Seguridad vial #767
  • Antinarcóticos 167
  • Antisecuestro y antiextorsión 165
  • Hospital Universitario Erasmo Meoz (607) 574 6888
  • Defensa Civil (607) 5718547.  Línea de emergencias 144
 
 
 
 
 

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